IMPORTACIONES
Oficializan el reemplazo del SIRA por un nuevo sistema de importaciones sin tramitación de licencias
Télam
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio formalizaron hoy la derogación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la licencia de importación vigentes y su reemplazo por el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), el cual no requerirá la necesidad de tramitar una licencia para los envíos destinados a consumo.
La Resolución General Conjunta 5466/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, formaliza el nuevo sistema que entrará en vigencia mañana y que fue anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo, a dos días de la asunción del presidente, Javier Milei.
En paralelo, la Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la Resolución 523/2017 que fijaba la obligación de tramitar Licencias Automáticas de Importación –y, para determinados casos, Licencias no Automáticas- para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
"Remplazaremos el sistema de importaciones SIRA por un sistema estadístico y de información de importaciones que no requerirá de la aprobación previa de licencias", había adelantado Caputo en un mensaje grabado.
Este sistema –señaló- permitirá terminar con la "discrecionalidad" y "garantizar la transparencia del proceso de aprobación de las importaciones".
El SIRA –derogado con la resolución de hoy junto al Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE)- fue un sistema que fue puesto al comienzo de la gestión del exministro de Economía, Sergio Massa, para tener un mayor control en los procesos de importación, en un trabajo coordinado entre la cartera económica, la Secretaría de Comercio y el Banco Central.
El funcionamiento de ambos sistemas –señalan los considerandos - "afectó el desempeño y previsibilidad de las empresas nacionales, generando serias dificultades en el comercio de bienes y servicios en el país, como también una importante deuda comercial con proveedores del exterior, a la vez que grandes distorsiones en el mercado".
Las declaraciones SIRA en estado de "salida" o "cancelado" quedarán vigentes, mientras que todas las demás quedarán sin efecto al día de hoy.
En ese último caso, se podrá registrar una nueva declaración SEDI para respaldar las mismas.
El nuevo SEDI requerirá declaraciones, pero con el único fin de contar con información estadística y realizar un "análisis eficiente" de las importaciones, para eventualmente adoptar medidas, por ejemplo, de defensa comercial, sin que esto implique "demoras en los sistemas productivos".
A través del SEDI, los importadores deberán anticipar únicamente la información vinculada con sus destinaciones de importación para consumo en un micrositio que estará disponible en la web de AFIP (afip.gob.ar), página donde también se publicarán las situaciones de excepción y los manuales de uso de los sistemas involucrados.
La declaración que se efectúa a través del SEDI tendrá un plazo de validez de 360 días desde la fecha que la importación obtiene el estado de "salida".
El único control que realizará el organismo tributario al realizar la declaración, previo a oficializarla, es analizar la situación tributaria del importador y su capacidad económica financiera para efectuar la operación mediante su Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF).
En caso de que haya alguna inconsistencia, el importador recibirá un mensaje y deberá registrar una nueva declaración SEDI.
Otra modificación con el nuevo sistema es que, al momento de registrar la declaración, el importador no deberá notificar la aprobación del trámite ante la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos de la Secretaría de Comercio, pues se considera que el cumplimiento de normas técnicas no es condición necesaria para importar sino para su uso y comercialización.
La declaración pasará a estado "salida" una vez que se encuentre autorizada por organismos del Régimen Nacional de Ventanilla única del Comercio Exterior Argentino (Vucea), que tendrán un periodo de hasta 30 días corridos para el pronunciarse, desde el registro de la SEDI.
Si estos no realizan ninguna pronunciación, la declaración SEDI pasará automáticamente de "oficializada" a "salida".
La resolución aclara que no deberán realizar ninguna declaración SEDI las operaciones de importación realizadas bajo regímenes de muestras, donaciones y franquicias diplomáticas; mercaderías con franquicias de derechos y tributos, envíos postales y Courier, insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas, bienes provenientes del Área Aduanera de Tierra del Fuego, y mercadería tramitada mediante expediente "PART".
Los importadores con deuda comercial deberán inscribirse a un padrón
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio crearon hoy, a través de la Resolución Conjunta 5466/2023, un nuevo registro para los importadores que cuentan con deuda con proveedores del exterior, que complementa la implementación del nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI),
El denominado "Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior", fue conformado con el objetivo de contar con información actualizada de la deuda comercial privada vigente y "atender dicha problemática".
Deberán inscribirse en este registro y completar una declaración jurada quienes cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes o servicios.
El padrón abarca las importaciones previas al pasado 13 de diciembre destinadas a consumo definitivo o temporales, declaraciones SIRA aprobadas en el marco de las excepciones previstas por la Comunicación A 7622/22 del Banco Central, y disposiciones particulares de importación.
Los importadores con deuda comercial tendrán 15 días corridos para completar el registro de deuda en el micrositio SEDI de la AFIP.
También podrán inscribirse en el registro quienes pudieron cancelar la deuda comercial con proveedores del exterior mediante otros mecanismos que no implicaron el giro de divisas, dejando asentado que ya cumplieron con las obligaciones de pago.
Quienes no se incorporen al padrón o falseen la información, no podrán acceder al SEDI, "quedando la deuda sujeta a una ulterior evaluación, una vez regularizada la situación".
La medida se suma a la decisión del Banco Central (BCRA) de emitir títulos para importadores con deuda comercial pendiente de pago, que se suscribirán al tipo de cambio oficial mayorista y se pagarán en dólares con opción de rescate anticipado.
A través de la Comunicación A "7918", la autoridad monetaria confirmó el pasado 13 de diciembre la creación de los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), con un plazo máximo de vencimiento previsto para el 31 de octubre de 2027 y cuya primera serie (de tres previstas) será ofrecida a partir de hoy.
La Cámara de Comercio de Estados Unidos en Argentina (AmCham) estimó semanas atrás que el pasivo de los importadores superaría los US$55.000 millones, considerando compras de insumos o servicios recibidos.
En tanto, la consultora Analytica señaló que "la deuda flotante con los importadores sólo en bienes alcanzó en octubre US$ 47.528 millones, unos US$ 25.000 millones más respecto de su valor promedio de los últimos años".
Los bonos podrán utilizarse para saldar compromisos impositivos y aduaneros hasta un total de US$ 3.500 millones, según aclaró la semana pasada el Gobierno a través del decreto 72/2023.
El BCRA definió a los bonos ofrecidos como "una solución ordenada para resolver la crisis generada por la acumulación de deudas comerciales de importadores".
Esas deudas, sostuvo, llegó "a niveles inmanejables en el corto plazo con el stock de reservas disponible".
"Los importadores tendrán la posibilidad de adquirir estos instrumentos con la liquidez en pesos que tienen a disposición para hacer frente a sus compromisos con el exterior y recibirán a cambio un flujo de divisas cierto por parte del BCRA", planteó la entidad monetaria en un comunicado.
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